La existencia de tales prácticas no solo atenta contra la dignidad de las personas que se ven envueltas en ellas, contamina gravemente el ambiente de trabajo y menoscaba la prestación del servicio, sino que también está considerada como delito penal.
En la formación en esta materia que ha impulsado el Consorcio estos días -esta tarde se celebra una segunda sesión del curso sobre acoso moral- se ha podido conocer qué es exactamente, como identificar el problema, las responsabilidades de las personas que estando al tanto el fenómeno no actúan, el alcance penal de una posible denuncia y que se puede hacer para controlarlo. También se da respuesta a muchas preguntas de los asistentes.
El artículo 18 del nuevo acuerdo de condiciones laborales establece el caracter obligatorio de esta prueba médica e incluye la celebración de este encuentro para fijar los mencionados criterios.
También está previsto mañana la constitución y primera sesión de la comisión paritaria de seguimiento del nuevo acuerdo.
Consorcio y Academia trabajan ya en la elaboración de una nueva programación que conlleve menos horas a la semana, intentando que la formación se lleve a cabo únicamente los viernes por la tarde y los sábados.