02_ORGANIZATIVA 2022
Última actualización: 18-10-2023
1002_ NORMATIVA APLICABLE A LA ENTIDAD
La normativa básica por la que se rige el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife es la siguiente:
· Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
· Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
La normativa específica que rige en el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife, es la siguiente:
· Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas (BOP nº 61 de 8 de mayo de 2015, página 12.018)
· Ordenanza de Precios Públicos (BOP nº 32 de 18 de febrero de 2009, página nº 3.324)
· Modificación de Ordenanza de Precios Públicos (BOP nº 41 de 22 de marzo de 2013, página 8.655)
Para más información puede acudirse al espacio de Legislación del Boletín Oficial del Estado.
1004_ INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FUNCIONES QUE REALIZA LA ENTIDAD
El objeto del Consorcio es la prestación del servicio público de Prevención, Extinción de incendios y Salvamento, en todo el territorio Insular, con independencia de que el Municipio en cuyo término municipal se actúe, tenga o no la condición de miembro del Consorcio, así como de su número de habitantes.
Asimismo, podrá ejercer las siguientes funciones, en los términos que se establezcan legalmente o a través de los instrumentos oportunos:
· Ejercer funciones de prevención para evitar o disminuir el riesgo de Incendios u otros accidentes, emitiendo en su caso los informes oportunos, mediante la supervisión del cumplimiento de la normativa sectorial vigente.
· Realizar las funciones encomendadas en situaciones de emergencia, tales como Incendios, fenómenos meteorológicos adversos, o cualesquiera otras, de conformidad con el correspondiente Plan de Emergencias.
· Ejercer funciones cuando proceda de retén en espectáculos públicos y en general, eventos de gran concurrencia de público.
· Intervenir en operaciones de protección civil desarrollando las funciones específicas atribuidas por los planes territoriales y especiales de aplicación.
· Cualesquiera otros servidos de emergencia para los que fuere requerida su Intervención por otras Administraciones Públicas, actuando en estos casos en régimen de colaboración.
Excepcionalmente el Consorcio podrá actuar fuera de la Isla cuando así sea requerido por otras Administraciones Públicas.
1018_ORGANIGRAMA DE LA ENTIDAD
Unidades a nivel de servicio o equivalentes: RESPONSABLES Y FUNCIONES
ÁREA OPERATIVA
Oficial Jefe |
D. Florencio López Ruano |
Responsable del personal operativo y del personal coordinador de emergencias. |
Jefe de Zona Metropolitana |
D. Ibrahin A. Ben Mohamed Pérez |
Responsable de los parques de bomberos de Santa Cruz, La laguna y el futuro parque de bomberos de Güímar. |
Jefe de Zona Norte |
D. Andrés Perdomo Perdomo |
Responsable de los parques de bomberos de Icod y de La Orotava. |
Jefe de Zona Sur |
Puesto vacante |
Responsable del parque de bomberos de San Miguel. |
Servicio de Operaciones, Logística y Formación |
Puesto vacante |
Responsable de la logística, el almacén y la gestión de la formación. |
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Responsable Unidad de Personal |
D. Daniel Martínez Álvarez |
Responsable del personal del Consorcio |
Responsable de la Unidad de Apoyo Jurídico |
Dª. Patricia Soto Bastarrica |
Responsable de las contrataciones, subvenciones, responsabilidad patrimonial |
Responsable Unidad Económico Financiero |
Dª Estíbaliz Pérez González |
Responsable económico financiera del Consorcio |
SERVICIO TÉCNICO
Informático |
D. José Daniel López Díaz |
Responsable del soporte informático del Consorcio |
Arquitecto/a |
Dª. Sara de Olano Mata D. Sergio González Pérez |
Responsable de las obras públicas y mantenimiento de los bienes muebles del Consorcio |
Técnico en Prevención de Riesgos Laborales |
Dª. María Mercedes León Coello
|
Responsable de la Prevención de Riesgos Laborales del personal del Consorcio |
1021_COMPOSICIÓN Y PERSONAS TITULARES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO, DE DIRECCIÓN O DE ADMINISTRACIÓN DE LA ENTIDAD
En base al “Capítulo 2. Órganos de gobierno y Administración”, art. 5 de los Estatutos del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife:
“El Consorcio se regirá por un Pleno, un Comité Ejecutivo, un Presidente y dos Vicepresidentes, cuyos acuerdos y resoluciones serán inmediatamente ejecutivos”.
El art. 14 de los Estatutos del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife, nos indica que:
“El Consorcio contará con un Gerente, como órgano de carácter ejecutivo, que ostentará la condición de personal directivo”.
Órganos Colegiados del Consorcio:
COMITÉ EJECUTIVO
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NOMBRE |
REPRESENTA A: |
OBSERVACIONES |
PRESIDENTE |
Rubén David Fernández González |
Excmo. Cabildo Insular de Tenerife |
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VICEPRESIDENTE 1º |
Evelyn Alonso Hernández |
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife |
|
VICEPRESIDENTE 2º |
Gustavo Armas Gómez |
Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias |
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VOCAL |
Francisco Marichal Santos |
Iltre. Ayuntamiento de Arona |
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VOCAL |
Mª Concepción Brito Núñez |
Iltre. Ayuntamiento de Candelaria |
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VOCAL |
Mª Candelaria Rodríguez González |
Iltre. Ayuntamiento de Granadilla |
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VOCAL |
Antonio Manuel Rodríguez Gómez Andrés Celestino Martínez Morales |
Iltre. Ayuntamiento de San Miguel de Abona. Iltre. Ayuntamiento de Arico |
Este vocal rota anualmente |
VOCAL |
Jonás Santana Alonso |
Excmo. Ayuntamiento de Puerto de la Cruz |
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VOCAL |
Alejandro Marrero Cabrera |
Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna |
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PLENO
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NOMBRE |
REPRESENTA |
OBSERVACIONES |
PRESIDENTE |
Rubén David Fernández González |
Excmo. Cabildo Insular de Tenerife |
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VICEPRESIDENTE 1º |
Evelyn del Carmen Alonso Hernández |
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife |
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VICEPRESIDENTE 2º |
Gustavo Armas Gómez |
Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias |
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VOCAL |
Mª Mercedes Vargas Delgado |
Iltre. Ayuntamiento de Adeje |
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VOCAL |
Jonathan Gutiérrez González |
Iltre. Ayuntamiento de Arafo |
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VOCAL |
Andrés Celestino Martínez Morales |
Iltre. Ayuntamiento de Arico |
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VOCAL |
Francisco Marichal Santos |
Iltre. Ayuntamiento de Arona |
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VOCAL |
Mª Concepción Brito Núñez |
Iltre. Ayuntamiento de Candelaria |
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VOCAL |
Juan Jesús González Díaz |
Iltre. Ayuntamiento de Fasnia |
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VOCAL |
Andrés David Hernández Méndez |
Excmo. Ayuntamiento de de Garachico |
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VOCAL |
Mª Candelaria Rodríguez González |
Iltre. Ayuntamiento de Granadilla |
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VOCAL |
Mª Mercedes Báez Hernández |
Iltre. Ayuntamiento de La Guancha |
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VOCAL |
José Fernando Rivero Jiménez |
Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora |
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VOCAL |
Cándido Agustín Gómez Gómez |
Excmo. Ayuntamiento de Güímar |
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VOCAL |
Sebastián Gorrín García |
Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos |
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VOCAL |
Narciso Antonio Pérez Hernández |
Excmo. Ayuntamiento de la Orotava |
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VOCAL |
Jonás Santana Alonso |
Excmo. Ayuntamiento dePuerto de la Cruz |
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VOCAL |
Sara Cabello Negrín Fidel Vázqauez Benito |
Iltre. Ayuntamiento de El Rosario |
Hasta el 1 de diciembre de 2022 Desde el 1 de diciembre de 2022 |
VOCAL |
Carolina de los Ángeles Toste Hernández |
Excmo. Ayuntamiento de los Realejos |
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VOCAL |
Alejandro Marrero Cabrera |
Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna |
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VOCAL |
Jesús Domínguez González |
Iltre. Ayuntamiento de San Juan de La Rambla |
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VOCAL |
Antonio Manuel Rodríguez Gómez, |
Iltre. Ayuntamiento de San Miguel de Abona |
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VOCAL |
Juan Manuel Acosta Méndez |
Iltre. Ayuntamiento de Santa Úrsula |
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VOCAL |
Adasat Goya González |
Iltre. Ayuntamiento de El Sauzal |
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VOCAL |
Antonio Rodríguez Ramos |
Iltre. Ayuntamiento de Los Silos |
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VOCAL |
Julio Roberto Navarro Álvarez |
Excmo. Ayuntamiento de Tacoronte |
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VOCAL |
Antonio López González |
Excmo. Ayuntamiento de Tegueste |
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VOCAL |
Joaquín Cabrera Tejera |
Iltre. Ayuntamiento de Vilaflor |
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Órganos unipersonales:
Presidente: D. Rubén David Fernández González.
Vicepresidente primero: Dña. Evelyn Alonso Hernández.
Vicepresidente segundo: D. Gustavo Armas Gómez
Gerente: D. José Laureano Vargas Cruz
IDENTIFICACIÓN DE LOS RESPONSABLES DE LOS ORGANOS
El máximo órgano de representación del Consorcio es:
· D. Rubén David Fernández González como Presidente del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.
1029_CAPITAL SOCIAL, DOTACIÓN FUNDACIONAL O PARTICIPACIÓN Y RECURSOS QUE FINANCIAN SUS ACTIVIDADES.
Según recoge el artículo 30 de los Estatutos los recursos que financian las actividades del Consorcio son los siguientes:
A) Aportaciones de las Administraciones consorciadas, que en todo caso tendrán carácter finalista respecto del servicio público que presta este Consorcio, en los términos siguientes:
1. Entidades Locales. La proporción indicada para cada entidad será la referida respecto del total de las aportaciones realizadas por todas ellas en conjunto:
a) Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, un 40%.
b) Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, un 19%
c) Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, un 14%
d) Ilmo. Ayuntamiento de Arona, un 7%
e) Ayuntamientos de entre 20.000 y 50.000 habitantes, un 14%
f) Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, un 6%
2. Comunidad Autónoma de Canarias, participando en la cantidad que se determine en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para cada año, previa audiencia del Comité Ejecutivo. Esta cantidad se determinará teniendo en cuenta respecto del servicio efectivamente prestado, el territorio sobre el que se actúa, así como la población, camas turísticas, y vehículos existentes en el ámbito territorial de actuación del Consorcio.
La distribución de las aportaciones de los municipios señalados en los apartados e) y f) anteriores, dentro de sus porcentajes globales, se repartirá entre los mismos con arreglo a la siguiente fórmula polinómica:
Ci = 0.65 Rpi + 0.15 Cti + 0.1 Mi + 0.05 Ai + 0.05 Vci
Donde:
Rpi = es la división del número de la población de derecho del Municipio consorciados i, entre la suma de la población de todos los Municipios consorciados.
Cti = es la división del número de las camas Turísticas del Municipio i, entre el número de la suma total de las camas turísticas de todos los Municipios consorciados.
Mi = coeficiente para los municipios de más de 20.000 habitantes.
Ai = es la división del número de vehículos automóviles del Municipio i, entre el número de la suma total de los Valores catastrales totales de todos los Municipios consorciados.
Para cada ejercicio económico y coincidiendo con la confección del presupuesto anual se revisarán los valores de referencia para cada una de las variables contenidas en la fórmula arriba indicada.
Dichos valores deberán ser los últimos aprobados y publicados por cada una de las Administraciones responsables de dicha información, en el momento de cálculo de los coeficientes Ci
Las aportaciones se efectuarán prorrateadas por trimestre dentro de los diez (10) primeros días de cada período.
Respecto de aquellos municipios de población inferior a 20.000 habitantes, que no formen parte del Consorcio, y que no procedan a prestar el servicio público legalmente encomendado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36.2 de la Ley de bases de régimen local, el Cabildo, como responsable subsidiario de la prestación del servicio, realizará las aportaciones que les correspondiera, con cargo a la participación de tales municipios en los Planes Insulares de cooperación municipal.
B) Tasas y contribuciones especiales.
C) Precios públicos.
D) Producto de su patrimonio.
E) Subvenciones.
F) Cualquier otro recurso que pudiera serle atribuido.
1030_ACUERDOS EN LOS QUE SE DISPONGA LA CREACIÓN, MODIFICACIÓN, PARTICIPACIÓN O EXTINCIÓN DE LA ENTIDAD Y, EN SU CASO, BOLETÍN OFICIAL EN EL QUE ESTÁN PUBLICADOS.
El 17 de mayo del año 2000, en el Palacio Insular del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, se procede a la firma del Convenio entre el Gobierno de Canarias, el Cabildo Insular de Tenerife y los Ayuntamientos de la isla para la Constitución del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.
Dicho Convenio recoge la voluntad de los ayuntamientos firmantes de dotar a sus respectivos municipios de un servicio público de prevención, extinción de incendios y salvamento. De igual manera el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y la Consejería de Presidencia del Gobierno de Canarias desean participar en la prestación de dicho servicio público a nivel insular. Por todo ello, todas las partes mencionadas consideran necesario que sus voluntades cristalicen en la creación de una organización común que bajo la forma de Consorcio Insular y dotado, por tanto, de personalidad jurídica propia, lleve a cabo la gestión del servicio público de prevención, extinción de incendios y salvamento en la Isla de Tenerife.
Cómo única cláusula el Convenio recoge que:
“El Gobierno de Canarias, el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y los Ayuntamientos firmantes constituyen mediante el presente Convenio el CONSORCIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE LA ISLA DE TENERIFE, el cual se regirá en todos sus aspectos por los Estatutos que se incorporan como Anexo. El citado Consorcio iniciará su vigencia efectiva el 1 de julio de 2000, siendo ésta indefinida.”
CONVENIO DE CONSTITUCIÓN CON ANEXO PRIMEROS ESTATUTOS
1031_ESTATUTOS POR LOS QUE HA DE REGIRSE LA ENTIDAD, Y SUS MODIFICACIONES.
Los Estatutos por los que ha de regirse la entidad, en un principio se recogieron como Anexo al Convenio que se firmó el 17 de mayo de 2000 entre el Gobierno de Canarias, el Cabildo Insular de Tenerife y los Ayuntamientos de la isla para la Constitución del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.
Posteriormente el Pleno del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife celebrado el 16 de diciembre de 2014 acordó la modificación de los Estatutos del Consorcio.
Transcurrido el periodo de exposición pública del expediente de modificación de los Estatutos, habiéndose remitido asimismo a las Administraciones partícipes el texto inicialmente aprobado por el Pleno en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2014, y resueltas las alegaciones formuladas, el texto resultante de los citados Estatutos fue aprobado definitivamente en sesión plenaria del 29 de abril de 2015.
Documentos adjuntos:
1002_NORMATIVA APLICABLE A LA ENTIDAD
1004_ INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FUNCIONES QUE REALIZA LA ENTIDAD
1018_ORGANIGRAMA DE LA ENTIDAD
1021_COMPOSICIÓN Y PERSONAS TITULARES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO, DE DIRECCIÓN O DE ADMINISTRACIÓN DE LA ENTIDAD
1029_CAPITAL SOCIAL, DOTACIÓN FUNDACIONAL O PARTICIPACIÓN Y RECURSOS QUE FINANCIAN SUS ACTIVIDADES
1030_ACUERDOS EN LOS QUE SE DISPONGA LA CREACIÓN, MODIFICACIÓN, PARTICIPACIÓN O EXTINCIÓN DE LA ENTIDAD Y, EN SU CASO, BOLETÍN OFICIAL EN EL QUE ESTÁN PUBLICADOS
1031_ESTATUTOS POR LOS QUE HA DE REGIRSE LA ENTIDAD, Y SUS MODIFICACIONES.