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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PRESENCIAL (NO ELECTRÓNICO) PARA EL EJERCICIO DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.

Última actualización: 12-07-2021

 

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PRESENCIAL (NO ELECTRÓNICO) PARA EL EJERCICIO DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.

Ejercicio del derecho de acceso a la información pública

Autorización para acceder a información del Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Isla de Tenerife de carácter público conforme establece la legislación vigente

Destinatarios/as: Cualquier persona física o jurídica que pretenda acceder a información de carácter público

Requisitos: Las solicitudes que se formulen según el procedimiento de acceso a la información pública que regula la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberán cumplir los requisitos siguientes:

·         Se acreditará con carácter obligatorio la identidad de los solicitantes.

·         Se indicará de forma clara la información a solicitar.

·         Deberá señalarse una dirección de contacto, preferiblemente electrónica.

·         No será requisito la motivación de la solicitud, no obstante, en caso de motivarse, podrá ser considerada en el momento de resolver el expediente.

Lugar de solicitud presencial: Sede Administrativa del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife

Presentación telemática: Registro Electrónico Común

Plazo de solicitud: Todo el año. No obstante, se podrá inadmitir a trámite las solicitudes por las causas contenidas en el artículo 43 de la Ley 12/2014.

Documentación:

·       Solicitud de acceso a información pública

·         Fotocopia de NIF/CIF del interesado

·         Cualquier otra documentación que considere oportuna el/la interesado/a

 

En caso de actuar mediante representante:

·         NIF/NIE del representante

·         Documento acreditativo de la representación

Tasas: El ejercicio del derecho de acceso es gratuito. Sólo la expedición de copias o certificados están sujetos a tasas de conformidad con la ordenanza fiscal vigente.

Información:

 

Servicio de atención telefónica

 

922-533-487

De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas

Excepto festivos autonómicos o nacionales.

 

Página WEB Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife

 Resolución:

·         Unidad tramitadora. Servicio de Secretaria

·         Órgano de resolución. Presidente del Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Isla de Tenerife

·      Plazo de tramitación. 1 mes desde la recepción por el órgano competente para resolver. Pudiendo ampliarse por otro mes cuando la complejidad o volumen de la información solicitada lo justifiquen, informando de esta circunstancia al solicitante.

·         Carácter del silencio administrativo. Desestimatorio.

·     Sin perjuicio de lo anterior, contra la resolución, expresa o presunta, de la solicitud de acceso podrá interponerse reclamación mediante Reclamación ante el Comsionado de Transparencia y Acceso a la Información con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. 

·        Si deseas hacer alguna queja o sugerencia o reclamación en el propio ámbito del Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Isla de Tenerife también puedes hacerlo a través del formulario de quejas y sugerencias.

Documentos adjuntos:

doc odt pdf