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18_ DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 2021 Y ANTERIORES

Última actualización: 23-10-2023

 

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

 

De conformidad con el artículo 105.b) de la Constitución Española, y el desarrollo efectuado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (Canarias) todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública. Entendiendo por tal el conjunto de los contenidos o los documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Consorcio y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. No es necesario motivar la solicitud ni se tiene que acreditar un interés legítimo; solo se requiere una descripción precisa de la información solicitada.

Con el objetivo de que el ciudadano disponga de toda la información precisa para el ejercicio de este derecho se crea este espacio. El órgano competente es la Presidencia del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.

Para que pueda ejercer este derecho tiene a su disposición el siguiente formulario (pdf). Si requiere más información tenemos habilitado un procedimiento administrativo presencial (no electrónico) en nuestra Sede Administrativa, en el cual consta la información sobre pasos a seguir, horarios y requisitos. Además puede hacernos llegar su solicitud por vía electrónica a través del Registro Electrónico Común.

Si desea realizar quejas o sugerencias en relación al Acceso a la información ponemos a su disposición el formulario Quejas y Sugerencias (pdf) que nos puede hacer llegar presencialmente o a través del Registro electrónico común.

Si desea contar con más información sobre el funcionamiento del derecho de acceso a la información pública, en la Comunidad Autónoma de Canarias se cuenta con el  Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En el caso de que quiera realizar una reclamación por no estar conforme con la tramitación del derecho de acceso a la información, tiene la posibilidad de realizar un Formulario de reclamación ante el Comisionado de Transparencia y acceso a la información.

 

1198_ÓRGANO COMPETENTE EN MATERIA DE DERECHO DE ACCESO

 

El órgano competente en materia de derecho de acceso es el Presidente del Consorcio D. Rubén David Fernández González, responsable en materia de transparencia.

 

email: administracion@bomberostenerife.es

 

Telefono: 922 533 487

 

1199_RESOLUCIONES DENEGATORIAS PREVIA DISOCIACIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

  

En el año 2019 no existen resoluciones denegatorias previa disociación de los datos de carácter personal.

En el año 2020 no existen resoluciones denegatorias previa disociación de los datos de carácter personal.

En el año 2021 no existen resoluciones denegatorias previa disociación de los datos de carácter personal. 

 

1201_ESTADÍSTICA SOBRE LAS RESOLUCIONES DE LAS SOLICITUDES DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

 

En el año 2019 no se han recibido solicitudes de acceso a la información pública. 

En el año 2020 no se han recibido solicitudes de acceso a la información pública.  .

En el año 2021 no se han recibido solicitudes de acceso a la información pública.  

 

 

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

 

De conformidad con el artículo 105.b) de la Constitución Española, y el desarrollo efectuado por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (Canarias) todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública. Entendiendo por tal el conjunto de los contenidos o los documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Consorcio y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. No es necesario motivar la solicitud ni se tiene que acreditar un interés legítimo; solo se requiere una descripción precisa de la información solicitada.

 

Con el objetivo de que el ciudadano disponga de toda la información precisa para el ejercicio de este derecho se crea este espacio. El órgano competente es la Presidencia del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.

 

Para que pueda ejercer este derecho tiene a su disposición el siguiente formulario (pdf). Si requiere más información tenemos habilitado un procedimiento administrativo presencial (no electrónico) en nuestra Sede Administrativa, en el cual consta la información sobre pasos a seguir, horarios y requisitos. Además puede hacernos llegar su solicitud por vía electrónica a través del Registro Electrónico Común.

Si desea realizar quejas o sugerencias en relación al Acceso a la información ponemos a su disposición el formulario Quejas y Sugerencias (pdf) que nos puede hacer llegar presencialmente o a través del Registro electrónico común.

Si desea contar con más información sobre el funcionamiento del derecho de acceso a la información pública, en la Comunidad Autónoma de Canarias se cuenta con el  Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En el caso de que quiera realizar una reclamación por no estar conforme con la tramitación del derecho de acceso a la información, tiene la posibilidad de realizar un Formulario de reclamación ante el Comisionado de Transparencia y acceso a la información.

 

Documentos adjuntos:

1198_ÓRGANO COMPETENTE EN MATERIA DE DERECHO DE ACCESO doc odt pdf

1199_RESOLUCIONES DENEGATORIAS PREVIA DISOCIACIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL doc odt pdf

1201_ESTADÍSTICA SOBRE LAS RESOLUCIONES DE LAS SOLICITUDES DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA doc odt pdf

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN doc odt pdf

FORMULARIO DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN doc odt pdf

FORMULARIO DE QUEJAS Y SUGERENCIAS doc odt pdf