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07_SERVICIOS Y PROCEDIMIENTOS 2021 Y ANTERIORES

Última actualización: 19-10-2023

 

1076_SERVICIOS QUE PRESTA CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA. REQUISITOS Y CONDICIONES DE ACCESO A LOS SERVICIOS

 

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

 Los servicio administrativos del Consorcio se gestionan desde tres unidades principales según el siguiente cuadro:

 

Unidad de Personal

D. Daniel Martínez Álvarez

Responsable del personal del Consorcio

Unidad de Apoyo Jurídico

Dª. Patricia Soto Bastarrica

Responsable de las contrataciones, subvenciones, responsabilidad patrimonial

Unidad Económico Financiero

Dª. Estíbaliz Pérez González

Responsable  económico financiera del Consorcio

 

SERVICIOS

El consorcio presta los siguientes servicios accesibles desde su página web, http://www.bomberostenerife.com/, pestaña SERVICIOS:

• Presentación de solicitudes

• Procesos selectivos

• Perfil del contratante

• Procedimientos negociados (anterior a Ley 9/2017)

• Procedimientos abiertos (anterior a Ley 9/2017)

• Subvenciones

• Factura electrónica

• Solicitud de informes de servicio

• Tasas y liquidaciones

• Visitas escolares

El horario de atención presencial, es con carácter general, de 8:30 a 14:30, a través de la Sede Administrativa, sita en C/ Villalba Hervás, nº 2, primer piso. Edificio Ahlers y Rahn, (38002) Santa Cruz de Tenerife.

El horario de atención telefónica a través del teléfono 922533487 es de lunes a viernes de 8.30 a 14:30 horas, excepto festivos autonómicos o nacionales.

 

NORMATIVA

La normativa general por la que se rigen las actuaciones del Consorcio son:

·     Estatutos del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife. Publicado BOP nº 63, de 15 de mayo de 2015.

·     Plan Territorial Insular de Emergencias de Tenerife (PEIN)  Publicado BOP nº89, de 25 de julio de 2018.

      Plan Territorial de Emergencia de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias (PLATECA) . Publicado BOC nº104, de 2 de junio de 2015

·     Procedimiento operativo en la atención de emergencias por fenómenos meteorológicos adversos. Publicado BOC nº 27, de 28 de febrero de 2001

·     Plan Específico de Protección Civil y Atención de Emergencias de la Comunidad Autónoma de Canarias por riesgos de fenómenos meteorológicos adversos (PEFMA). Publicado en BOC nº 70, de 09 de Abril de 2014

·     Plan Canario de Protección Civil y Atención de Emergencias por Incendios Forestales (INFOCA). Publicado BOC nº 113, de 13 de Junio de 2014

·     Coordinación de Policías Locales de Canarias. Publicado en BOC nº 91, de 16 de Julio de 1997 y BOE nº 181 de 30 de Julio de 1997

·     Código Técnico de la Edificación. Publicado en BOE nº 74, de 28 de marzo de 2006

·     Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Publicado en BOE nº. 72, de 24 de Marzo de 2007

·   Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimientos que puedan dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias. Publicado BOC nº 98, de 25 de Mayo de 2015

·     Norma Básica de Protección Civil. Publicado BOE nº105, de 01 de Mayo de 1992

·     LEY 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil. Publicado BOE nº 22, de 25 de Enero de 1985

La normativa interna por la que se rige el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento es la siguiente:

Instrucción reguladora del procedimiento para la gestión y el tratamiento de equipos de protección individual contaminados por productos tóxicos, biológicos, cancerígenos, mutágenos, o peligrosos durante las labores operativas, y medidas preventivas a adoptar. Publicado BOP núm. 32, miércoles 15 de marzo de 2017

Protocolo de Prevención de Riesgos Psicosociales; acoso psicológico y acoso sexual o por razón de sexo. Publicado BOP núm. 131, viernes 16 de octubre de 2015

·     Instrucción de indumentaria y vestuario del personal. Publicado BOP nº149, de 22 de octubre de 2004

·     Modificación de la Instrucción de indumentaria y vestuario del personal. Publicado BOP nº 160, de 19 de agosto de 2009

 

1080_CARTA DE SERVICIOS

Relación de servicios prestados por el Consorcio

 

Los incidentes susceptibles de ser atendidos mediante el empleo de los recursos personales y materiales del Consorcio de Bomberos de Tenerife, responden a las competencias recogidas en los propios Estatutos del ente, agrupándose básicamente su nivel de gravedad (Nivel I, Nivel II y Nivel III) 

 

Nivel I

Se clasifican en este grupo aquellos incidentes no urgentes, en los que concurra alguna o varias de estas circunstancias:

·         No presentan riesgo para la integridad física de las personas.

·         Baja probabilidad de riesgo para las personas.

·         No existe riesgo de propagación del fuego o generalización del mismo a otros objetos o elementos próximos susceptibles de combustionar.

·         Fuego en contenedor, basuras o rastrojos sin riesgo para viviendas ni otros objetos de valor (vehículos, toldos, etc.)

·         Incendios de matorrales o monte bajo sin riegso de propagación a masas forestal adyacente.

·         Incendio de vivienda abandonada e inhabitada, siempre que no exista riesgo de propagación a casas colindantes.

·         Incendio en vehículo abandonado, aislado de elementos combustibles y sin riesgo de propagación.

·         Rescate de animales vivos

·         Rescate de personas con cansancio o lesiones leves, que se encuentren en zonas de fácil acceso y rescate.

·         Manchas de aceite en vía pública con existencia de riesgo inminente para automovilistas o transeúntes, en ausencia de localización del servicio específico de limpieza de vías, a demanda y con presencia de agentes de la autoridad.

·         Fugas de agua en vivienda incomunicada, derivando en filtraciones de agua para viviendas inferiores o colindantes, con imposibilidad de corte de agua desde el exterior por parte de vecinos del inmueble u operarios municipales de la empresa de aguas.

·         Achiques de aguas limpias por inundaciones, siempre que el nivel de altura sobrepase los 25 cm.

·         Desconexión de alarmas, siempre bajo petición y con presencia previa de agentes de la autoridad.

·         Cornisas, antenas, farolas, semáforos, carteles y vallas publicitarias que no impliquen riesgo inminente para las personas, bajo petición de agentes de la autoridad.

·         Daños por temporal 8sin riesgo para la integridad física de las personas)

·         Fugas importantes de agua en vía pública sin riesgo para personas o sin daños importantes en inmuebles, a falta de localización del servicio específico.

·         Corte o retirada de árboles o ramas que entorpezcan loa circulación de vehículos y personas, y que exijan una resolución a corto plazo, debido a sus especiales características.

·         Apertura de ascensores con personas incomunicadas pero tranquilas.

·         Apertura de puerta de acceso a vivienda o portal sin riesgo en el interior, de carácter humanitario (Personas mayores sin recursos, personas con menores en la calle…), siempre con presencia de agentes de la autoridad.

·         Apertura de puertas de viviendas o de vehículos con personas incomunicadas, pero taquillas y que no se hallen en situación de riesgo.

·         Alarmas de fuego, sin indicios de humos o llamas.

·         Accidentes de circulación, donde se precise la intervención de Bomberos para evitar un riesgo inminente de incendio o de otro tipo, siempre que no haya atrapados.

·         Apertura de puertas con sospecha o certeza de que existe persona fallecida en el interior de vivienda o similar.

·         Servicios no clasificados de carácter no urgente, sin riesgo para la integridad física de afectado/as.

 

Nivel II

Se agrupan en esta clasificación aquellos incidentes de riesgo moderado o grave para las personas, o grave afectación de bienes, que exigen de inmediata resolución, en los que concurra alguna o varias de estas circunstancias:

·         Fuego en contenedor, basuras o rastrojos, con riesgo inminente de afectar a viviendas u otros enseres (vehículos, toldos, etc…)

·         Incendio en vehículo con riesgo de propagación a otros elementos combustibles (entendiéndose así, todos aquellos que se encuentren aptos para circular).

·         Incendio en edificaciones destinadas a vivienda o de cualquier otro uso (No abandonadas)

·         Incendio forestal de moderadas proporciones, siempre previo requerimiento a través del CECOPIN.

·         Incendio de matorrales o monte bajo con riesgo de propagación a masa forestal adyacente o a inmuebles u objetos de valor próximos.

·         Alarmas centralizadas de fuego con presencia de humos o llamas identificados.

·         Fugas de gas inflamable o peligroso en viviendas, industrias, depósitos, etc.

·         Accidentes de circulación grave que precisen el rescate de sus ocupantes,

·         Escapes o derrames de mercancías peligrosas, con constancia de que el riesgo es bajo, está delimitado y no existe peligro de población.

·         Derrames de líquidos inflamables o peligrosos.

·         Apertura de puerta de acceso a vivienda o portal con riesgo de incendio en el interior: olla al fuego, presencia de humos.

·         Apertura de puertas de vehículos con menores incomunicados en su interior o personas que presten cualquier minusvalía que les impida salir por sus propios medios, cuando se encuentren en estado de excitación o exista riesgo para su integridad.

·         Apertura de puerta de acceso a vivienda o portal con menores incomunicados en el interior, así como adultos incomunicados que padezcan problemas físicos, psicológicos o psiquiátricos cuya asistencia requiera una atención urgente (con presencia de agentes de la autoridad).

·         Daños por temporal, de riesgo moderado.

·         Cornisas, antenas, farolas, semáforos, carteles y vallas publicitarias que impliquen riesgo inminente para las personas, bajo expresa petición de los agentes de la autoridad.

·         Fugas de agua en vía pública con riesgo para las personas o con daños importantes en inmuebles.

·         Colaboración con fuerzas de seguridad del Estado u otras entidades oficiales en la realización de  trabajos que impliquen especial riesgo, o evidente repercusión legal posterior.

·         Atrapamiento de personas accidentadas con maquinaria o por otras causas.

·         Salvamento de personas cuando los afectados necesitan asistencia con carácter de urgente, confirmando este extremo por el médico del SUC al Técnico de Coordinación.

·         Rescates en intentos de suicidio.

·         Rescates de personas en galerías, cuevas, pozos, depósitos de agua y otras cavidades.

·         Derrumbamientos en los que se notifique a los técnicos de coordinación que puede encontrarse alguna persona sepultada.

·         Colaboración en el rescate de ahogados en la costa o embalses, a requerimiento de la entidad competente y con autorización de la autoridad judicial (en este caso sólo intervendrá persona profesional con titulación de buceador profesional). En municipios alejados del parque profesional con Bomberos Voluntarios se le enviará mensaje para su colaboración.

·         Rescate de personas en el mar próximas a la costa o en embalses, con riesgo de ahogamiento.

·         Rescate de personas perdidas, que se encuentren mermados en sus capacidad psicofisiológicas, o que por las condiciones externas necesitan ayuda (menores, ancianos, personas discapacitadas psíquicas o físicas, personas perdidas en condiciones con climatología muy adversa), o búsquedas solicitadas por la autoridad competente.

·         Otros servicios urgentes no clasificados de riesgo moderado-grave para las personas, de afectación relevante de bienes o de especial relevancia social.

 

Nivel III

Se agrupan aquí aquellos incidentes de extrema gravedad, los cuales originan o pueden derivar en un gravísimo riesgo para un colectivo de personas o para la población, así como aquéllos de gran repercusión social, y que exigen todos ellos la movilización inmediata y coordinada de múltiples recursos a nivel insular, independientemente de la zona donde se origine el siniestro.

·         Incendios muy graves en edificios de viviendas, centros hospitalarios, lugares de espectáculos, hoteles, edificios de oficinas…etc.

·         Incendios importantes de tipo industrial (industrias, almacenes o depósitos, talleres, etc.)

·         Incendios en garajes y sótanos con daños muy importantes para vehículos u otros enseres.

·         Incendios graves en buques atracados en puerto.

·         Incendio forestal de grandes proporciones, siempre previo requerimiento a través del CECOPIN.

·         Incendio forestal que se halla propagado y amenace a núcleos habitados (edificaciones aisladas, viviendas o establecimiento de cualquier uso)

·         Accidentes de circulación que afecten a múltiples vehículos, con cinco o más personas atrapadas, así como accidentes de autobuses de transporte colectivo con afectación de sus ocupantes.

·         Derrumbamientos, hundimiento o corrimientos importantes de tierras con personas sepultadas o sospecha de que puedan estarlo.

·         Escapes o derrames de productos peligrosos con constancia de una generalización del riesgo (depósitos, cisternas de gases, cubas de combustibles…) o afectación múltiple de personas.

·         Daños generalizados o locales de gran importancia, originados por fenómenos meteorológicos adversos

·         Rescates de diverso tipo en los que al menos se vean afectadas 5 o más personas.

·         Otros servicios no clasificados de gran importancia.

 

 

1081_CATÁLOGOS DE PROCEDIMIENTOS, INCLUYENDO LOS DE LOS DE CARÁCTER TRIBUTARIO EN SU CASO, CON INDICACIÓN DE LOS QUE ESTÉN DISPONIBLES EN FORMATO ELECTRÓNICO.

Relación de procedimientos del Consorcio:

 

Código SIA

Nombre

Unidad tramita

Disponible formato electrónico

2409340

Contrato menor

Contratación

2410769

Contribuciones Especiales

Asuntos Económicos

No

2410464

Subvenciones

Contratación

2410757

Tasas

Asuntos Económicos

No         

2451387

Contratos

Contratación

No

2451389

Responsabilidad Patrimonial

Asuntos Económicos

No

 

1082_PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMACIONES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO.

 Las Quejas y Sugerencias que se formulen ante el Consorcio podrán ser presentadas por cualquiera de estas vías:

Solicitud presencial: Se presentarán en la Sede Administrativa del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife, sita en C/ Villalba Hervás, nº 2, piso 1º dcha, Edificio Ahlers y Rahn, Santa Cruz de Tenerife.

Presentación telemática: Registro Electrónico Común

Plazo de solicitud: Todo el año.

Documentación:

·         Formulario de Quejas/Reclamaciones y Sugerencias

·         Cualquier otra documentación que considere oportuna el/la interesado/a

 

En caso de actuar mediante representante:

·         NIF/NIE del representante

·         Documento acreditativo de la representación

Tasas: El ejercicio del derecho de presentación de Quejas y Reclamaciones es gratuito. Sólo la expedición de copias o certificados están sujetos a tasas de conformidad con la ordenanza fiscal vigente.

Información:

 

Servicio de atención telefónica

922-533-487

De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas

Excepto festivos autonómicos o nacionales.

  Página WEB Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife

 

Resolución:

Unidad responsable tramitadora:  Unidad de Personal, Unidad de Apoyo Jurídico, Unidad Económico Financiero, Gerencia

Órgano de resolución: Presidente del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.

 

Normativa a aplicar:

Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

     Ley 3/2108, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales 

 

1083_ESTADÍSTICAS DE QUEJAS Y SUGERENCIAS: NÚMERO DE RECLAMACIONES Y NÚMERO O PROPORCIÓN DE ACEPTADAS O RESUELTAS A FAVOR DE LOS INTERESADOS

 

 

Durante el año 2019 no se ha presentado ninguna reclamación en el Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.

Durante el año 2020 no se ha presentado ninguna reclamación en el Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.

Durante el año 2021 no se ha presentado ninguna reclamación en el Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.

 

1084_REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTOS DE DATOS PERSONALES.

 

 

Durante el año 2019 no se ha realizado ninguna actividad de tratamiento de datos personales en el Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife. 

Durante el año 2020 no se ha realizado ninguna actividad de tratamiento de datos personales en el Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife

Durante el año 2021 no se ha realizado ninguna actividad de tratamiento de datos personales en el Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife

Formulario para la solicitud de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos de carácter personal

 

Documentos adjuntos:

1076_SERVICIOS QUE PRESTA CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA. REQUISITOS Y CONDICIONES DE ACCESO A LOS SERVICIOS doc odt pdf

1080_CARTA DE SERVICIOS doc odt pdf

1081_CATÁLOGOS DE PROCEDIMIENTOS, INCLUYENDO LOS DE LOS DE CARÁCTER TRIBUTARIO EN SU CASO, CON INDICACIÓN DE LOS QUE ESTÉN DISPONIBLES EN FORMATO ELECTRÓNICO doc odt pdf

1082_PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMACIONES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO. doc odt pdf

1083_ESTADÍSTICAS DE QUEJAS Y SUGERENCIAS: NÚMERO DE RECLAMACIONES POR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS Y NÚMERO O PROPORCIÓN DE ACEPTADAS O RESUELTAS A FAVOR DE LOS INTERESADOS. doc odt pdf

1084_REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTOS DE DATOS PERSONALES. doc odt pdf

FORMULARIO DE QUEJAS Y SUGERENCIAS doc odt pdf

FORMULARIO PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL doc odt pdf