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28 Abr 2020

Como complemento al comunicado remitido el pasado mes de febrero a todo el personal, en relación con la obtención de imágenes durante las intervenciones, y con la finalidad de dar cumplimiento a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, SE COMUNICA al personal el Protocolo para la obtención de material fotográfico y/o videográfico con la  única finalidad de su utilización por el servicio de prensa, que se indica a continuación:

1.- La obtención de material audiovisual durante las intervenciones, o en los centros de trabajo del Consorcio, cualquiera que sea su formato, solo está permitido para el uso exclusivo del servicio de prensa, quedando expresamente prohibida la obtención de imágenes para uso particular.

2.-  El material audiovisual que se obtenga debe remitirse al servicio de prensa utilizando alguna de las siguientes vías:

Por correo: prensa@bomberostenerife.com

Por WhatsApp, al teléfono: 619 12 21 18 (1007 corto)

3.- Únicamente los mandos que dirijan las intervenciones están autorizados para obtener el material audiovisual, con independencia del formato, y enviarlo por WhatsApp o correo electrónico indicado al gabinete de prensa. Excepcionalmente, y con carácter puntual, el Consorcio podrá autorizar a otro personal diferente de los indicados para la obtención de fotografías o de vídeos.

4.- No está permitido adaptar ningún tipo de dispositivo de grabación o cámara a los Epis (casco, trajes de intervención...)

5.- La obtención de material audiovisual debe ajustarse a los siguientes requisitos:


     REQUISITOS DEL MATERIAL FOTOGRAFICO


Requisitos relativos a la Privacidad


1.      Está prohibido fotografiar el interior de propiedades privadas (Sí está permitido fotografiar las fachadas y las zonas que den a la vía pública).

2.      No se podrá fotografiar las caras de los accidentados, ni de los bomberos (sin autorización), ni de resto de miembros de algún cuerpo de seguridad o emergencias (sin autorización), ni de cualquier otro involucrado en el incidente.  

3.      Evitar sacar las matrículas (si resulta inevitable, se pixelará por el servicio de prensa). Tan solo se permitirá fotografiar las matrículas a efectos de su utilización en los partes de servicio. 

Aspectos técnicos 

1.      La fotografía deberá estar enfocada. 

2.      Imprescindible que algún bombero o elemento de bomberos (camión) salga en la foto para contextualizar.  

Aspectos a tener en cuenta 

Toda la actividad que se realice en el interior de los Parques: entrenamientos, actividades, simulacros, etc., también podrán fotografiarse si las personas que participan en las mismas han dado su autorización.  

     REQUISITOS DEL MATERIAL VIDEOGRÁFICO 

Requisitos relativos a la privacidad 

1.      Prohibido grabar el interior de propiedades privadas (Sí está permitido grabar las fachadas y las zonas que den a la vía pública).  

2.      Prohibido grabar las caras de los accidentados, bomberos (sin autorización), de miembros del resto de cuerpos de emergencias y seguridad (sin autorización) o de algún involucrado en el incidente.  

3.      Evitar en la grabación las matrículas (si es inevitable, se editarán por el servicio de prensa). Tan solo se permitirá la grabación de las matrículas a efectos de su utilización en los partes de servicio.

Aspectos a tener en cuenta 

Toda la actividad que se realice en el interior de los Parques: entrenamientos, actividades, simulacros, etc. también podrán grabarse si las personas que participan en las mismas han dado su autorización.  

Aspectos técnicos 

1.  Durante la grabación evitar hablar entre ustedes o hacer comentarios personales sobre el incidente 

2.  No hacer zoom mientras se graba 

3.  Evitar mucho movimiento: mejor pararse y grabar en estático. 

4.  Grabar en horizontal 

Se recuerda que el incumplimiento de este protocolo podrá acarrear responsabilidades disciplinarias.

PROTOCOLO

 

02 Sep 2019

Por medio de la presente se pone en conocimiento de todo el personal de este Consorcio, que a requerimiento de la Intervención Delegada, cualquier solicitud de modificación de sus cuentas bancarias, incluida la modificación de la cuenta bancaria en la que se realiza el ingreso de nómina, deberá presentarse sin excepción, utilizando el modelo de alta a terceros que se adjunta, debidamente cumplimentado y firmado tanto por el empleado como por la entidad bancaria.

MODELO DE ALTA DE TERCEROS