PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PRESENCIAL (NO ELECTRÓNICO) PARA EL EJERCICIO DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.
Última actualización: 12-07-2021
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PRESENCIAL (NO ELECTRÓNICO) PARA EL EJERCICIO DE DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.
Ejercicio del derecho de acceso a la información pública
Autorización para acceder a información del Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Isla de Tenerife de carácter público conforme establece la legislación vigente
Destinatarios/as: Cualquier persona física o jurídica que pretenda acceder a información de carácter público
Requisitos: Las solicitudes que se formulen según el procedimiento de acceso a la información pública que regula la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberán cumplir los requisitos siguientes:
· Se acreditará con carácter obligatorio la identidad de los solicitantes.
· Se indicará de forma clara la información a solicitar.
· Deberá señalarse una dirección de contacto, preferiblemente electrónica.
· No será requisito la motivación de la solicitud, no obstante, en caso de motivarse, podrá ser considerada en el momento de resolver el expediente.
Lugar de solicitud presencial: Sede Administrativa del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife
Presentación telemática: Registro Electrónico Común
Plazo de solicitud: Todo el año. No obstante, se podrá inadmitir a trámite las solicitudes por las causas contenidas en el artículo 43 de la Ley 12/2014.
Documentación:
· Solicitud de acceso a información pública
· Fotocopia de NIF/CIF del interesado
· Cualquier otra documentación que considere oportuna el/la interesado/a
En caso de actuar mediante representante:
· NIF/NIE del representante
· Documento acreditativo de la representación
Tasas: El ejercicio del derecho de acceso es gratuito. Sólo la expedición de copias o certificados están sujetos a tasas de conformidad con la ordenanza fiscal vigente.
Información:
Servicio de atención telefónica
922-533-487
De lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas
Excepto festivos autonómicos o nacionales.
Página WEB Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife
Resolución:
· Unidad tramitadora. Servicio de Secretaria
· Órgano de resolución. Presidente del Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Isla de Tenerife
· Plazo de tramitación. 1 mes desde la recepción por el órgano competente para resolver. Pudiendo ampliarse por otro mes cuando la complejidad o volumen de la información solicitada lo justifiquen, informando de esta circunstancia al solicitante.
· Carácter del silencio administrativo. Desestimatorio.
· Sin perjuicio de lo anterior, contra la resolución, expresa o presunta, de la solicitud de acceso podrá interponerse reclamación mediante Reclamación ante el Comsionado de Transparencia y Acceso a la Información con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.
· Si deseas hacer alguna queja o sugerencia o reclamación en el propio ámbito del Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Isla de Tenerife también puedes hacerlo a través del formulario de quejas y sugerencias.